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URUGUAY

– Trabajadores dependientes de la actividad privada, excepto empleados bancarios.  Trabajadores amparados Seguro por Desempleo. Patrones de empresas unipersonales que no tengan más de un dependiente, y los cónyuges colaboradores de patrones rurales que no tengan más de un dependiente.

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BOLIVIA

Los trabajadores asegurados dependientes del empleador. Los independientes, a través del seguro voluntario.

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VENEZUELA

Trabajadores con relación de dependencia en empresas públicas, privadas o estatales, que coticen al IVSS, así como los afiliados al Seguro Facultativo.

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BRASIL

Los beneficiarios del Régimen General de Previsión Social (RGPS), definidos como asegurados y dependientes.

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ECUADOR

Los trabajadores en relación de dependencia y los trabajadores por cuenta propia. Los afiliados y los hijos de las afiliadas durante el primer año de vida; los jubilados; y la viuda con derecho a montepío, están protejidos contra la contingencia de enfermedad.

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CHILE

Trabajadores dependientes; trabajadores independientes que coticen en un régimen previsional.

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PERÚ

Trabajadores dependientes, socios de cooperativas de trabajadores, trabajadores del hogar, pescadores y procesadores pesqueros artesanales independientes, trabajadores portuarios, trabajadores agrarios dependientes e independientes, así como los afiliados a regímenes especiales.

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COLOMBIA

Trabajadores dependientes o independientes que coticen al Sistema de Seguridad Social en Salud, en el Régimen contributivo o subsidiado.

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