El mínimo sobre el cual se cotiza es el ingreso mínimo o su proporción, según régimen laboral pactado (aproximadamente 252,61 US$). El tope de cotización es 60 Unidades de Fomento (US$ 2.058,61). En el sistema ISAPRE se pueden pactar libremente cotizaciones sobre el máximo indicado.
Trabajadores dependientes del sector público y privado de las diferentes actividades económicas. (1)
El mínimo sobre el cual se puede cotizar es 1 SMMLV para los dependientes y 2 SMMLV para los independientes. El tope máximo es de 25 SMMLV salarios mínimos mensuales. (En 2007, US$ 5.421,25).
– Los trabajadores por cuenta ajena. Los trabajadores por cuenta propia pueden optar, voluntariamente, por acogerse o no a la cobertura de las prestaciones económicas por enfermedad, siempre que no tengan derecho, en razón de otra actividad, a las prestaciones. En caso contrario, se obliga a la cobertura..
Trabajadores dependientes de las empresas obligadas a inscribirse en el régimen de Seguridad Social.
– Trabajadores asegurados directos. Trabajadores por cuenta propia adscritos al Seguro de Enfermedad-Maternidad. Esposa o compañera en estado de maternidad. Hijos de asegurados con edad igual o inferior a 6 años.
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