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CHILE

– El porcentaje de cotizaciones es del 7% del ingreso mensual imponible. En el caso de las ISAPRES, se puede pactar una mayor cotización.  El ingreso máximo para fines de cotización es de 60 UF.  Ingreso mínimo a diciembre de 2006: $ 135.000 ó U$ 256,6 (1 U$ = $ 534,43).  60 Unidades de Fomento […]

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ECUADOR

(1) La aportación personal: Del 4% de la materia gravada de los empleados y obreros, servidores públicos y demás trabajadores afiliados obligados con relación de dependencia, para el Seguro General de Salud Individual y Familiar; del 10% de la materia gravada de los afiliados obligados sin relación de dependencia y de los afiliados voluntarios, para […]

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PERÚ

(1)  9% de le remuneración, a cargo del empleador.  En caso de afiliados voluntarios, la aportación se fija en función del contenido del plan elegido, siendo a cargo del mismo.  En el caso de los pensionistas, la aportación equivale al 4% del importe la pensión, a cargo de aquél.  Para los trabajadores agrarios, la aportación […]

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URUGUAY

El Banco de Seguros del Estado aplica primas diferenciales según tipo de riesgo a cargo del empresario.

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PERÚ

– El Sistema Nacional de Pensiones, la aportación equivale al 13% de la remuneración del trabajador.  En el Sistema Privado de Pensiones, las aportación es del 8% de la remuneración, más un porcentaje de comisión fijado por cada AFP.

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PANAMÁ

La población no asegurada está a cargo del Ministerio de Salud, y su financiación corre a cargo del Presupuesto del Estado. Para la población asegurada en la CSS, la cotización a los regímenes de IVM. Enfermedad y Maternidad, varia según una escala (vid. Nota 1).

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COLOMBIA

– Cotización del 12,5% del ingresobase del trabajador, con un tope salarial de 25 salarios mínimos legales mensuales. (En 2007, US$ 5.421,25). 8,5% a cargo del empleador y 4% a cargo del trabajador. Los trabajadores independientes y pensionistas tienen a su cargo la cotización total.  La cotización es conjunta con la correspondiente a maternidad. (1)

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ARGENTINA

I) Los trabajadores por cuenta ajena cotizan el 11% de sus remuneraciones, sujetas al tope mensual equivalente a 60 veces el valor del MOPRE. Los afiados al Régimen de Capitalización cotizar el 7 % de sus remuneraciones sujetas a dicho tope mensual. II) Los empleadores cotizan el 10,7% de las remuneraciones, sujetas al mismo tope, […]

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