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ARGENTINA

I) Los empleadores cotizan en promedio el 7,2% de la remuneración de sus trabajadores, sujeta a un tope mensual equivalente a 60 veces el valor del aporte medio previsional obligatorio del Módulo Previsional (MOPRE) (1). II) Los trabajadores por cuenta ajena cotizan el 6% de su remuneración, sujeta al mismo tope.

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REPÚBLICA DOMINICANA

El Seguro familiar de Salud del Régimen Contributivo se financia mediante la cotización del 10% del salario cotizable de la siguiente manera: un 7% a cargo del empleador y un 3% cargo del afiliado. Siendo la base de cotización para los trabajadores dependientes el que define el artículo 192 del Código de Trabajo. Y en […]

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PANAMÁ

(2) La población no asegurada está a cargo del Ministerio de Salud, y su financiación corre a cargo del Presupuesto del Estado. Para la población asegurada en la CSS, la cotización a los regímenes de IVM. Enfermedad y Maternidad, varia según una escala (vid. Nota 1).

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HONDURAS

Cinco por ciento (5%) para el empleador, de 2.5% para el trabajador y de 0.5% para el Estado aplicados sobre una remuneración máxima de L. 4.800,00

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VENEZUELA

– La cotización para financiar la contingencia de Paro Forzoso es del 2,2% de los salarios: a cargo del empleador el 1,7%, y a cargo del trabajador el 0,5%.  Tope salarial: entre 1 y 5 salarios mínimos.

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PERÚ

Aportes a cargo del empleador y la tasa de aportación es fijada por las entidades públicas y privadas que ofrecen la cobertura tanto de las prestaciones sanitarias como de las prestaciones económicas. Las entidades públicas ofrecen las siguientes tasas: entre 0,90 % y 10% de la remuneración asegurable para las prestaciones económicas y entre 0,63% […]

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PORTUGAL

El tipo de cotización está incluido en el indicado para la prestación de vejez. Además, el 1% del IVA.

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PANAMÁ

(2) La población no asegurada está a cargo del Ministerio de Salud, y su financiación corre a cargo del Presupuesto del Estado. Para la población asegurada en la CSS, la cotización a los regímenes de IVM. Enfermedad y Maternidad, varia según una escala (vid. Nota 1).

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GUATEMALA

El patrono aporta el 3,67% de la nómina. el trabajador el 1,83% del salario, y el Estado cubre el 25% del gasto anual de pensiones. (2)

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BOLIVIA

– Los empleadores cotizan el 10%, calculado sobre la totalidad de las remuneraciones percibidas por el trabajador, sin límite alguno.  Los pensionistas cotizan el 5%, calculado sobre la renta básica.

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URUGUAY

– El Ministerio de Salud Pública aplica aranceles diferenciales de acuerdo a los recursos del usuario, aunque mayoritariamente la atención se dirige a las personas de escasos recursos en forma gratuita.  Seguro social de enfermedad a cargo del BPS: trabajador: 3%; empleador: 5% y eventual complemento. (2)

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