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Los afiliados beneficiarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud, estarán sujetos a pagos compartidos, cuotas moderadoras y deducibles. Para los afiliados cotizantes, estos pagos se aplicarán con el exclusivo odjetivo de racionalizar el uso de servicio del sistema. En el caso de los demás beneficiarios, los pagos mencionados se aplicarán también para complementar […]

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El programa comprende los correspondientes a las contingencias y situaciones de Invalidez, Vejez y sobrevivientes.

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El salario mínimo nacional será igual al promedio simple de los salarios mínimos legales del sector privado establecidos por el Comité Nacional de Salario de la Secretaría de Estado de Trabajo. La distribución de esta contribución es: 9,43% para el cuidado de la salud de las personas, 0,10% para cubrir las estancias infantiles, 0,40% destinado […]

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En las contribuciones al Seguro de Salud con cargo al Presupuesto General, el Estado ha mostrado una alta morosidad, aunque se ha tratado de disminuir en los últimos ejercicios económicos.

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El Programa IVM cubre asignaciones familiares por vejez o invalidez, consistentes en B/$ 20,0 por esposa y B$ 10,0 por hijo menor de 18 años, que se adiciona a la pensión.

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Las prestaciones de los regímenes subsidiado y contributivo subsidiado, únicamente abarcan las siguientes prestaciones: Seguro Familiar de Salud y Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia.

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Existen los regímenes especiales, con cargo al Presupuesto Nacional, de naturaleza contributivos (Magisterio Nacional, Hacienda, Obras Públicas, Registro Público, Comunicaciones, Ferrocarriles ) y no contributivos (Guerra, Gracia, Beneméritos, Guardia Civil y Ex- Presidentes).

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Para la población asegurada en la CSS las cotizaciones para los regímenes de IVM, Enfermedad y Maternidad será; Trabajadores Dependientes: 1. La cuota pagada por los empleados, la cual será: a.Hasta el 31 de diciembre de 2007, el equivalente a siete puntos veinticinco por ciento (7,25%) de sus sueldos. b.Del 1 de enero de 2008 […]

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Las cotizaciones y contribuciones a la Seguridad Social y a las reservas y rendimientos de inversiones que generan los fondos de pensiones de los afiliados estarán exentas de todo impuesto o carga directa o indirecta. De igual forma quedarán exentas las pensiones cuyo monto mensual sea inferior a cinco salarios mínimos nacional. Las utilidades y […]

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Conforme en la escala contributiva que apruebe la Junta Directiva por recomendación de la Dirección Actuarial y de Planificación Económica. La diferencia entre el porcentaje de contribución que paga el asegurado y el porcentaje de contribución global, será asumido por el Estado como cuota complementaria. Asimismo y en forma adicional, el Estado deberá aportar el […]

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Aparte de las cotizaciones para la Seguridad Social, existen las cotizaciones siguientes: Seguro Educativo: Obligatorio para todos los trabajadores por cuenta ajena, con una cotización del 2,75% de los salarios base, del que el 1,50% corresponde al empleador y el 1,5% restante al trabajador. Constituye una cuota solidaria para fomentar la educación de las clases […]

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En base a las previsiones de la Ley núm. 17.453, de fecha 28-02-2002, se crea un impuesto adicional al denominado “Impuesto a las Retribuciones y Prestaciones” que tiene como único destino el financiamiento del Banco de Previsión Social (conf. art. 1.°). Se introdujo esta variación a fin de elevar la recaudación permaneciendo constantes tanto la […]

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