COLOMBIA
Las Cajas de Compensación Familiar administran en forma individual y directa o asociada con otra u otras Cajas, un fondo para apoyar el empleo y para la protección al desempleado, conforme a los artículos 7, 10 y 11 de la Ley 789 de 2002.
Las Cajas de Compensación Familiar administran en forma individual y directa o asociada con otra u otras Cajas, un fondo para apoyar el empleo y para la protección al desempleado, conforme a los artículos 7, 10 y 11 de la Ley 789 de 2002.
– Ministerio de Trabajo y Solidaridad (Secretaría de Estado de Seguridad Social).
-Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico (Régimen de reparto). Superintendencia de Seguros, Pensiones y Valores (Régimen de capitalización).
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