PERÚ
-Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT).ç Seguro Social de Salud (ESSALUD). Oficina de Normalización Previsional (ONP).
-Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT).ç Seguro Social de Salud (ESSALUD). Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Los señalados por la Ley núm 1732, de 29.11.96 (Ley de Pensiones), su Reglamento, aprobado por DD. SS. Núm. 24469, de 17.01.97, el Código de Seguridad Social y disposiciones complementarias para prestaciones del Régimen de Reparto.
-Instituto Salvadoreño del Seguro Social. Instituto Nacional de Pensiones de Empleados Públicos.
Ser autorizados administrativamente y estar registrados por el INSS, como recaudadores de las cuotas obreras y patronales.
Ministerio de Salud y Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Superintendencias de Seguridad Social y de Seguridad Social.
– Consejo Nacional de Seguridad Social (1). Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS). Dirección de Salud.
Estar autorizado y calificado para operara por el INSS, y para las compañías aseguradoras, cumplir con los requisitos del Ministerio de Salud.
Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por Tible Technologies.