– Ley 100 de 1933 Decreto 1295 de 199. Ley 776, de 2002. Decreto 2800, de 2003.
Están obligatoriamente incluidos en el ámbito de la Ley de Riesgos de Trabajo: Los funcionarios y empleados del sector público nacional, de las provincias y sus municipio los trabajadores en relación de dependencia del sector privado; las personas obligadas a prestar un servicio de carga pública (1). Los empleadores pueden autoasegurar los riesgos del trabajo, […]
Todos los trabajadores asalariados, así como los trabajadores por cuenta propia.
El Seguro de Riesgos Profesionales comprende la protección del trabajador en los casos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Accidentes de trabajo: Muerte o cualquier lesión orgánica o perturbación funcional, transitoria o permanente, inmediata o posterior, producida por la acción repentina de una causa externa sobrevenida por el hecho o con ocasión del trabajo, […]
Estar afiliado. No existe período de carencia, y se requiere únicamente presentar el aviso de accidentes de trabajo, validado mediante la firma y el sello del empleador (1). Para las pensiones de viudedad: 6 meses de matrimonio previo o 3 de convivencia. Para las pensiones de orfandad: ser menor de 18 años o de 24, […]
Al accidentado Prestaciones Asistenciales hasta la recuperación; rehabilitación profesional; subsidio de incapacidad temporal equivalente al salario dejado de percibir; incapacidad permanente parcial (indemnización de pago ùnico) y pensión por invalidez. • Toda clase de prestaciones asistenciales hasta la recuperación. • Rehabilitación profesional. • Subsidio económico equivalente al salario dejado de percibir. • Incapacidad permanente parcial […]
Al accidentado A los efectos de determinar la cuantía de las prestaciones dinerarias se considera “ingreso base” la cantidad que resulta de dividir la suma total de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones, con destino al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP), en los 12 meses anteriores a la primera manifestación invalidante, o […]
Al accidentado Incapacidad temporal por accidente de trabajo. Las prestaciones equivalen a un porcentaje sobre el salario diario de referencia (equivalente a 1/30 de la remuneración mensual en la fecha del accidente: Incapacidad temporal total: 70% Incapacidad temporal parcial: 70% de la reducción de la capacidad general de ganancia. Incapacidad temporal por enfermedad profesional: Se […]
El pensionista por incapacidad permanente parcial puede trabajar por su capacidad residual. El pensionista por incapacidad permanente absoluto no puede trabajar.
Incapacidad permanente total: compatibilidad posible. Incapacidad permanente absoluta y gran invalidez: las pensiones a este título no impiden el ejercicio de actividades compatibles con el estado de invalidez.
Además de las prestaciones económicas, se reconocen prestaciones en especie, tales como aparatos ortopédicos, prótesis y medicamentos, en los casos en los que no se requiere la hospitalización. En caso de hospitalización, medicamentos y alimentos gratuitos.
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