Publicado por: Secretaría General OISS
Están obligatoriamente incluidos en el ámbito de la Ley de
Riesgos de Trabajo:
Los funcionarios y empleados del sector público nacional, de las provincias y sus municipio
los trabajadores en relación de dependencia del sector privado;
las personas obligadas a prestar un servicio de carga pública (1).
Los empleadores pueden autoasegurar los riesgos del trabajo, siempre y cuando acrediten solvencia económico financiera para afrontar los riesgos de trabajo de sus trabajadores y garanticen los servicios necesarios para otorgar las prestaciones de asistencia médica.
En el marco de la difusión de actividades de la RAIP Red Argentina de Innovación para la prevención se llevó a cabo en la Ciudad de Córdoba, en la sede del Colegio de Abogados de dicha provincia una reunión informativa sobre su alcance. Dicha reunión contó con la presencia del Señor Secretario de trabajo de […]
30 de octubre de 2024 – Colpensiones.
31 de octubre de 2024 – Diario Estrategia.
30 de octubre de 2024 – Ahora El Pueblo.
31 de octubre de 2024 – Notiamérica.
10 de noviembre de 2024 – Infobae.
15 de octubre 2024 – Casa América.
10 de octubre 2024 – Ministerio de Desarrollo Social de Argentina.
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