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PORTUGAL

(1)  Se considera invalidez la situación del trabajador que, antes de haber alcanzado la edad de acceso a la pensión de jublilación, ve reducida su capacidad de ganancia al menos en 1/3 a causa de un accidente o una enfermedad, que no resulten protegidas por la legislación especial de accidentes de trabajo o de enfermedades […]

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BOLIVIA

La situación de un asegurado que, después de su tratamiento por enfermedad común, maternidad o accidente no profesional, es declarado inválido, con una incapacidad para el trabajo superior al 60%. En esta situación, se tiene derecho a una pensión (renta), siempre que se cumplan las demás condiciones.

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URUGUAY

Subsidio transitorio por incapacidad parcial:  Incapacidad absoluta y permanente para el empleo o profesión habitual sobrevenida en actividad o en períodos de inactividad protegida, cualquiera que sea la causa que la origine. Jubilación por incapacidad total:  Incapacidad absoluta y permanente para todo trabajo ocurrida a causa o con ocasión del trabajo o en forma ajena […]

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BRASIL

La prestación por invalidez se reconoce al asegurado que, estando o no en el disfrute de prestaciones económicas por enfermedad, es declarado incapaz y no susceptible de rehabilitación para una actividad que le garantice su subsistencia, siéndole abonada en tanto esté en dicha situación. La prestación se suspende si el interesado retorna voluntariamente a una […]

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VENEZUELA

Se considera inválido al asegurado que queda con una pérdida de más de 2/3 de su capacidad para trabajar, a causa de una enfermedad o un accidente, pérdida presumiblemente permanente o de larga duración.

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CHILE

Régimen de Capitalización Individual:  Invalidez total: pérdida de capacidad de trabajo, de al menos dos tercios.  Invalidez parcial: pérdida de capacidad de trabajo igual o superior a cincuenta por ciento e inferior a dos tercios. En el Antiguo Sistema de Pensiones, cada uno de los regímenes que lo integran contempla su propia definición de la […]

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COLOMBIA

Se considera inválida a la persona que, por cualquier causa de origen no profesional, y sin que haya una intencionalidad, hubiese perdido el 50% o más de su capacidad laboral.

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