Publicado por: Secretaría General OISS
– Se considera inválido al trabajador por cuenta ajena o
propia que, en razón de la alteración de estado físico o
mental, pierde las 2/3 partes o más de capacidad de
desempeño laboral y no puede, por tanto, obtener una
remuneración suficiente.
También se incluye a las personas declaradas en estado de incurables o con pronóstico fatal.
23 de febrero de 2021, Madrid, España.
23 de febrero de 2021, Madrid, España.
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23 de febrero de 2021, Madrid, España.
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