– Decreto Supremo núm. 21.637, de 25.06.87. Decreto Supremo núm. 22.407, de 11.01.90. Decreto Supremo núm. 22.578, de 13.08.90. Ley 1886, de 14.08.98. Ley 18869. Incorpora el seguro de salud a personas sin seguro, mayores de 65 años, cualquiera que sea su condición económica.
– Ley Orgánica del Trabajo, de 20.12.90, con vigencia desde el 1.05.91. Ley de Reforma Parcial de la Ley del Seguro Social, de 3.10.91.
– Los trabajadores asalariados, cualquiera que sea su edad y su remuneración, los aprendices y el personal de los entes descentralizados del Estado o empresas mixtas. Los maestros y catedráticos de la enseñanza privada y de la enseñanza primaria oficial. Los catedráticos universitarios de instituciones públicas y privadas. El personal del servicio doméstico. (2) Y […]
– Son asegurados familiares: el o la cónyuge, la compañera o el compañero (en el caso de la Unión de hecho), hijos, hermanos, padre, madre y otros menores que dependan económicamente del asegurado directo. La separación judicial o de hecho no extingue el derecho, si el cónyuge separado no tiene otra fuente de ingresos.
Queda prohibido realizar examen psicofísico o equivalente, cualquiera que sea su naturaleza, como requisito de admisión.
– Seguro Social de Enfermedad: No existen. Programa materno-infantil: A partir de la comprobación del embarazo.
Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud y regímenes especiales (3 meses de aportación consecutivos o 4 no consecutivos en el semestre inmediatamente anterior al mes en que se produjo la contingencia) y Seguro de Salud Agrario (3 meses de aportación consecutivos o 4 no consecutivos dentro de los 12 meses previos al mes […]
Mientras permanezca vigente el contrato de trabajo, el trabajador puede disfrutar de las prestaciones, si bien son requisitos necesarios que esté adscrito a una Empresa Médica y que el empleador pague las cotizaciones en tiempo y forma. En caso de extinción del contrato de trabajo, el asegurado y sus beneficiarios gozan de cobertura de 12 […]
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