– Ley General de la Seguridad Social de 20 de junio de 1994. Real Decreto 1355/2005.
Todos los pensionistas de vejez e invalidez, con esposa o compañera y/o hijos menores de 18 años o inválidos.
– Comprobación de embarazo, condicionado a control periódico del mismo (prestación prenatal), Que recibe educación primaria estatal o privada, hasta los 14 años. Que cursan estudios superiores en Institutos Estatales y/o Privados habilitados, hasta los 18 años: UTU Liceo, Universidad. Que padecen alguna discapacidad. Tienen derecho a la asignación de por vida, salvo que perciban […]
Las trabajadoras cotizantes, dependientes o independientes. Respecto a las prestaciones de asistencia sanitaria, también las esposas o compañeras permanentes de los afiliados cotizantes.
A efectos de las prestacions en especie, todos los residentes y, a reserva del principio de reciprocidad, los nacionales de otros países. Para las prestaciones económicas las aseguradas.
Haber cotizado durante 8 meses del periodo comprendido en los doce meses anteriores a la fecha de su alumbramiento y no ejecutar trabajo remunerado alguno en dicho periodo.
– El subsidio por maternidad es equivalente al 50% del salario percibido en los últimos 4 meses de actividad, más la cuota del sueldo anual complementario. El período de percepción del subsidio es de 9 semanas, 6 de las cuales, por lo menos, deberán ser posteriores al parto. Sin embargo, el reposo es de 90 […]
Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por Tible Technologies.