BOLIVIA
En el régimen de reparto,cumplidas las condiciones mínimas de edad y de cotizaciones: Pensión básica: 30% del salario promedio, más el 2% por cada año que exceda de las 180 cotizaciones mencionadas. Pensión complementaria: cumplidos los 2/3 del tiempo transcurrido entre la fecha de retiro del trabajador para tramitar su pensión de vejez y la […]