BOLIVIA
– En el nuevo régimen: capitalización individual. En el antiguo régimen: reparto. Ver también: (1)
– En el nuevo régimen: capitalización individual. En el antiguo régimen: reparto. Ver también: (1)
– En el nuevo régimen: capitalización individual. En el antiguo régimen: reparto. Ver también: (1)
– En el nuevo régimen: capitalización individual. En el antiguo régimen: reparto. Ver también: (1)
Las personas como todos los ingreso forman parte de la base tributable. Las cotizaciones no son imponibles.
– Decreto Supremo núm. 21.637, de 25.06.87. Decreto Supremo núm. 22.407, de 11.01.90. Decreto Supremo núm. 22.578, de 13.08.90. Ley 1886, de 14.08.98. Ley 18869. Incorpora el seguro de salud a personas sin seguro, mayores de 65 años, cualquiera que sea su condición económica.
– Ley Orgánica del Trabajo, de 20.12.90, con vigencia desde el 1.05.91. Ley de Reforma Parcial de la Ley del Seguro Social, de 3.10.91.
Afiliados a alguna Administradora de Riesgos de Salud, del Seguro Nacional de Salud o alguna Proveedora de Servicios de Salud.
La cónyuge o compañera del asegurado (o el cónyuge o compañero de la asegurada, si son inválidos), los hijos hasta los 18 años o hasta los 25 si son estudiantes y los hijos inválidos. La madre del asegurado. El padre incapacitado o mayor de 60 años a su cargo.
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