Estar afiliados al Régimen contributivo o subsidiado. Haber efectuado cotización por lo menos en las cuatro (4) semanas anteriores a la enfermedad. Se exceptúa la atención de urgencias. Los trabajadores independientes requieren haber cotizado ininterrumpidamente 24 semanas y encontrarse al día en el pago de los aportes. Cotización Acreditar 4 semanas de cotización al inicio […]
Es un beneficio temporal que se otorga mientras dure la enfermedad y no se declare salud irrecuperable.
– 1 La duración de las indemnizaciones no puede exceder de 52 semanas en un mismo proceso. Cuando el asegurado, agota el plazo máximo de duración de las prestaciones médicas y de prestaciones económicas por incapacidad temporal, tiene derecho a continuar recibiendo esas prestaciones, siempre que haya dictamen médico favorable a la recuperación.
Equivalente al 60% del salario cotizable de los últimos seis meses cuando reciba asistencia ambulatoria, y al cuarenta por ciento (40%) si la atención es hospitalaria.
Durante la percepción de las prestaciones económicas por enfermedad, tanto el trabajador como el empresario están obligados a seguir cotizando a la Seguridad Social. Durante el período de percibo de las prestaciones económicas por enfermedad, el trabajador no podrá ser despedido, siendo nula una decisión en tal sentido del empleador. Los trabajadores por cuenta propia, […]
Las disposiciones del Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo serán de aplicación a todos los trabajadores cuyo contrato de trabajo se rija por la Ley de Contrato de Trabajo. No se aplica el presente sistema a los trabajadores comprendidos en el Régimen Nacional de Trabajo Agrario, a los trabajadores domésticos y a quienes hayan dejado […]
Fundamentalmente, son de 2 clases: Prestaciones económicas o en dinero. La asistencia médica integral para el beneficiario y sus familiares.
(3) Subsidio de desempleo: 65% del salario de referencia, es decir, del salario medio diario de los 12 meses precedentes a los 2 meses anteriores al inicio del desempleo, sin que exista tope al salario. La prestación no puede ser superior a 3 veces el salario mínimo garantizado ni inferior a dicho salario. Subsidio asistencial […]
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