NICARAGUA
Estar autorizado y calificado para operara por el INSS, y para las compañías aseguradoras, cumplir con los requisitos del Ministerio de Salud.
Estar autorizado y calificado para operara por el INSS, y para las compañías aseguradoras, cumplir con los requisitos del Ministerio de Salud.
-Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Compañías de Seguros de Vida, pagadoras de Rentas Vitalicias.
Cotizaciones exclusivamente patronales por los trabajadores a su servicio; cotizaciones laborales deducidas de las pensiones de los pensionistas dependientes del Seguro Social y cotizaciones de los municipios para la atención a las personas mayores de 65 años, sin relación patronal y para el Seguro Universal Materno-Infantil.
Pueden establecerse, por iniciativa privada, esquemas complementarios de las prestaciones del régimen general. Su gestión puede ser llevada a cabo por asociaciones mutualistas, aseguradoras o entidades instituidas al efecto.
Ministerio de Salud y Previsión Social en el área de salud, y Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico en pensiones. Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico en pensiones del régimen de reparto. Superintendencia de Seguros, Pensiones y Valores (para el régimen de capitalización).
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