Los subsidios están financiados por el Estado. Para el Seguro IVM, se consigna un aporte estatal del 0,25%. El INSS requiere de las aportaciones estatales, tal como señala la Ley de Seguridad Social para cumplir con el pago de las pensiones no contributivas en favor de víctimas de guerra, así como para los gastos de […]
El Estado, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, depositará anualmente en el Fondo, su aporte a la sostenibilidad del Régimen en lo que respecta a los beneficios definidos, el cual se establece en: 2007, 2008 y 2009: B/. 75.000.000,00 año 2010, 2011 y 2012: B/.100.000.000,00 año 2013 al 2060: B/.140.000.000,00 año
En el SIJP existen dos tipos de sistemas financieros aplicables a las prestaciones a largo plazo: I) El correspondiente al Régimen Público de Reparto con características de un sistema «pay-as-you-go» II) El correspondiente al Régimen de Capitalización con características de un sistema de capitalización con cuentas individuales que conforman un fondo administrado por las AFJP.
La financiación de las prestaciones tiene las características de un seguro privado.
En el SIJP existen dos tipos de sistemas financieros aplicables a las prestaciones a largo plazo: el correspondiente al Régimen Público de Reparto con características de un sistema «pay-as-you-go»; y el correspondiente al Régimen de Capitalización con características de un sistema de capitalización con cuentas individuales que conforman un fondo administrado por las AFJP.
En el SIJP existen dos tipos de sistemas financieros aplicables a las prestaciones a largo plazo: el correspondiente al Régimen Público de Reparto con características de un sistema «pay-as-you-go»; y el correspondiente al Régimen de Capitalización con características de un sistema de capitalización con cuentas individuales que conforman un fondo administrado por las AFJP.
Los trabajadores pueden deducir de su base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el importe de las cotizaciones que están a su cargo.
– La Ley 23.661 o de Sistema Nacional de Seguro de Salud (SNSS) entró en vigencia en diciembre de 1988. La Ley 23.660 o de Obras Sociales. Decreto 1615/96, que crea la Superintendencia de Servicios de Salud. Resolución 201/02, de Programas Médico Obligatorio de Emergencia.
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