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CHILE

Tener alguna de las cualidades que señala la Ley (la cónyuge, el cónyuge sobreviviente inválido, hijo y la madre de los hijos naturales del causante).

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VENEZUELA

Cuando el asegurado fallece sin causar derecho a pensión de sobrevivientes, los beneficiarios (viuda, concubina e hijos menores) reciben una indemnización única, siempre que el asegurado tenga acreditadas no menos de 100 cotizaciones semanales, en los últimos 4 años anteriores a la muerte. Si el asegurado no deja los familiares o asimilados indicados, tienen derecho […]

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PORTUGAL

Pensión de viudedad (4) Pensión de sobrevivencia:  60% de la pensión de invalidez o de vejez que el causante recibía o que hubiera resultado en el momento de su fallecimiento; cuando exista más de una persona con derecho, el porcentaje es el 70%. Subsidio por fallecimiento:  6 veces la remuneración de referencia que corresponda a […]

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PANAMÁ

La CSS revisa el importe de la pensión mínima cada 3 años y efectúa incrementos, siempre que la situación financiera lo permite. También se incrementa la pensión, cuando el Estado decreta incrementos generales de salarios. El resto de las pensiones y la pensión máxima puede ser incrementadas en la misma cuantía en que lo sean […]

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EL SALVADOR

El o la cónyuge; el o la conviviente de unión no matrimonial; los hijos fuera o dentro de matrimonio; los hijos adoptivos y los padres legítimos o adoptivos que dependen económicamente del causante.

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COLOMBIA

– Los miembros del grupo familiar del pensionado por vejez o invalidez por riesgo común que fallezca  Los miembros del grupo familiar del afiliado al sistema que fallezca, siempre y cuando éste hubiere cotizado cincuenta semanas dentro de los tres últimos años inmediatamente anteriores al fallecimiento y se acrediten las siguientes condiciones:  Muerte causada por […]

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ARGENTINA

Pensión de viudedad La pensión por fallecimiento de afiliado en actividad a favor de la viuda, viudo o conviviente -cuando no existen hijos con derecho a pensión- equivale al 70% de la prestación de referencia del causante. La prestación se calcula con el 70% del promedio de las remuneraciones -trabajadores por cuenta ajena- o ingresos […]

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REPÚBLICA DOMINICANA

Pensión de viudedad En caso de fallecimiento del afiliado activo, los beneficiarios recibirán una pensión de sobrevivencia no menor al 60% del salario cotizable de los últimos 3 años o fracción. Pensión de viudedad: 50% al cónyuge, o en su defecto, al compañero de vida, siempre que ambos no tuviesen impedimento jurídico para contraer matrimonio. […]

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