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COLOMBIA

Invalidez causada por enfermedad común: Que haya cotizado 50 semanas en los últimos tres años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración y su fidelidad de cotización para con el sistema sea al menos del 25% del tiempo transcurrido entre el momento en que cumplió 20 años de edad y la fecha de la primera […]

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ARGENTINA

– Los Retiros por Invalidez de los Regímenes de Reparto y de Capitalización se devengan, una vez determinado el grado de incapacidad, desde la fecha en que el trabajador por cuenta ajena cubierto hubiera dejado de percibir las remuneraciones correspondientes. Esta fecha puede ser anterior o posterior a la de la solicitud de la prestación. […]

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PORTUGAL

La pensión tiene efectos desde el día de la resolución de la comisión de verificación (o del recurso), o del día que ésta declare la situación de invalidez permanente, pero nunca puede tener efectos anteriores a la solicitud o declaración de oficio de la verificación de la invalidez permanente.

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PANAMÁ

36 meses de los cuales, por lo menos 18 meses deben estar comprendidos dentro de los últimos 3 años anteriores al inicio de la invalidez.

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COSTA RICA

Tener un grado de disminución de incapacidad laboral, certificada por la Comisión Calificadora del Estado de Invalidez, igual o mayor al 66% o padecer una enfermedad incurable o de pronóstico fatal.

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BOLIVIA

Esta prestación es reconocida desde la fecha de presentación de la solicitud acompañada de los informes médicos que emite la Comisión de Evaluación de Incapacidades de la Seguridad Social en base a los cuales, los servicios médicos de la AFP procede a la calificación del grado de incapacidad y reconocimiento de la pensión.

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PARAGUAY

Un mínimo de 150 semanas de cotizaciones y menos de 55 años de edad; o de 150 a 250 semanas de cotizaciones y menos de 60 años de edad; o de 250 a 400 semanas de cotizaciones y menos de 65 años.

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GUATEMALA

Los asegurados inscritos en el régimen de Seguridad Social y los trabajadores desempleados que se acogen voluntariamente al seguro voluntario.

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CUBA

– Encontrarse en situación de servicio activo.  Cumplir un determinado período de calificación.

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BRASIL

La prestación se reconoce con efectos del día siguiente al cese en las prestaciones económicas por enfermedad, salvo en los siguientes casos:  Asegurado empleado: a contar desde el día 16 de cese en la actividad o a partir de la fecha de solicitud si, entre el cese en la actividad y el de la solicitud, […]

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