VENEZUELA
Se considera inválido al asegurado que queda con una pérdida de más de 2/3 de su capacidad para trabajar, a causa de una enfermedad o un accidente, pérdida presumiblemente permanente o de larga duración.
Se considera inválido al asegurado que queda con una pérdida de más de 2/3 de su capacidad para trabajar, a causa de una enfermedad o un accidente, pérdida presumiblemente permanente o de larga duración.
Sistema Nacional de Pensiones: Trabajadores de la actividad privada y aquéllos que realizan actividad económica independiente (facultativos). Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones: Trabajadores afiliados (dependientes e independientes).
33 cotizaciones mensuales en los seis años calendario que precedan a la declaración de invalidez, salvo en el caso de accidente común, que solo deberá acreditar 8 cotizaciones mensuales en los veinticuatro meses anteriores a dicho evento.
Jubilación por Invalidez: Desde la fecha de la incapacidad. Si la incapacidad que originó el derecho al subsidio de incapacidad subsistiera hasta el cumplimiento de la edad mínima para jubilación ordinaria de vejez, el afiliado podrá solicitar al IESS la calificación de su incapacidad como invalidez total. Subsidio Transitorio por Incapacidad: Desde la fecha de […]
Invalidez causada por enfermedad común: Que haya cotizado 50 semanas en los últimos tres años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración y su fidelidad de cotización para con el sistema sea al menos del 25% del tiempo transcurrido entre el momento en que cumplió 20 años de edad y la fecha de la primera […]
La pensión equivale a una renta mensual correspondiente al 100% de la base reguladora. Esta cuantía se incrementa un 25% si el asegurado necesita la asistencia permanente de otra persona, cesando con la muerte el mismo, y sin incorporarse a a cuantía de la pensión. Cuantía mínima: R$ 240,00). Cuantía máxima: R$ 1.869,34.
Subsidio transitorio por incapacidad parcial: Para los asegurados en el 1.er Nivel de Solidaridad Intergeneracional: el 65% del sueldo básico jubilatorio. Para los asegurados que se encuentren en el 2.º Nivel Ahorro Individual Obligatorio: se pagará el 45% del promedio mensual de las asignaciones computables actualizadas sobre las que se aportó al fondo previsional en […]
Pensión de invalidez por incapacidad parcial: La pensión mensual de invalidez se compone de una cuantía igual al 42,5% del salario mensual promedio de los 3 años anteriores a la invalidez, y un incremento adicional del 1,5% de dicho promedio por cada 50 semanas de cotización, de exceso sobre las primeras 150 semanas. Jubilación de […]
Las pensiones otorgadas por invalidez están exentas de toda clase de impuestos.
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