Cotizaciones exclusivamente a cargo de los trabajadores, para el nuevo régimen de pensiones administradas por las AFPs. Financiación estatal, hasta su extinción, para el régimen de reparto (régimen anterior).
Cotización de empresarios y trabajadores. Recursos generales del BPS, provenientes de la vía fiscal y contribuciones del Estado.
Cotizaciones de empleadores y trabajadores. Recursos generados por la gestión del IPS (3). Ver también: (1) (2)
El patrono aporta el 4% de la nómina, el trabajador el 2% y el Estado el 2%. (1)
Seguro de Invalidez Vejez y Muerte. Trabajadores por Cuenta Ajena: 10,55% del total de la masa salarial, sin tope de cotización. 3,5% por cuenta del trabajador, 5,25% por el empleador y 1,25% por el Estado.(4) y (5) Trabajadores por cuenta propia: 10,55% de los ingresos de referencia establecidos por la CCSS. El Estado aporta el […]
Se financian con cargo al 7% del ingreso mensual. El porcentaje de cotizaciones es del 7% del ingreso mensual imponible. En el caso de las ISAPRES, se puede pactar una mayor cotización. El ingreso máximo para fines de cotización es de 60 UF. Ingreso mínimo a diciembre de 2006: $ 135.000 ó U$ 256,6 (1 […]
La cobertura de esta prestación se efectúa a través del «Fondo de Amparo del Trabajador» (FAT), financiado a través de impuestos, denominados «contribuciones», abonadas por las empresas, y equivalentes al 0,65% del valor de facturación.
Primas diferenciadas por razón de actividad y siniestralidad, a cargo de los empleadores.
Los elementos que componen la financiación de la Seguridad Social son los siguientes: Los trabajadores, inclusive los domésticos y los «avulsos», contribuyen sobre el salario sujeto a cotización recibido en el mes, siendo la contribución (desde junio de 2000) del 8% para salarios hasta R$ 151,00 hasta 398,49; el 9% para salarios entre R$ 398,49 […]
Se cotiza conjuntamente con asistencia sanitaria. El 1% se dedica al Fondo de Solidaridad y Garantía.
Los elementos que componen la financiación de la Seguridad Social son los siguientes: Los trabajadores, inclusive los domésticos y los «avulsos», contribuyen sobre el salario sujeto a cotización recibido en el mes, siendo la contribución (desde junio de 2000) del 8% para salarios hasta R$ 151,00 hasta 398,49; el 9% para salarios entre R$ 398,49 […]
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