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GUATEMALA

Al accidentado Prestación por incapacidad temporal e indemnización global por incapacidad permanente. A los familiares del asegurado fallecido • Ayuda para gastos de entierro. • Tienen derecho a una pensión de orfandad cada uno de los hijos menores de 15 años, o inválidos de cualquier edad, cuando muere el padre o la madre asegurados, equivalente […]

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ARGENTINA

Prestaciones en especie: asistencia médicofarmacéutica; prótesis y ortopedia; rehabilitación: recalificación profesional y servicio funerario.

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BOLIVIA

En caso de fallecimiento del asegurado, el Seguro reconoce la prestación de funeral, consistente en un pago único de Bs. 1.100, con mantenimiento del valor respecto al dólar USA, de acuerdo al índice de mantenimiento del valor, en favor de las personas que acrediten haber efectuado el pago de los gastos funerarios. pagables al tipo […]

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PORTUGAL

Las prestaciones son actualizadas de acuerdo con la evolución del salario mínimo nacional, según los límites y las condiciones establecidas en la legislación aplicable.

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BRASIL

– Ley 3.724, de 15.01.1919 (Accidente de Trabajo).  Decreto-Ley núm. 7.036, de 10.11.1944 (Enfermedades Profesionales).

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PERÚ

– Ley núm. 26790, de Modernización de Seguridad Social.  Decreto Supremo núm. 003- 98-SA, Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.

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HONDURAS

El asegurado activo, sin necesidad de acreditar tiempo mínimo de cotización, hasta el total restablecimiento del asegurado; El asegurado cesante, cuando la enfermedad se produzca dentro de los dos meses siguientes a la fecha de cesantía y se compruebe que es de causa profesional y El pensionado por incapacidad total por un riesgo profesional.

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