GUATEMALA
Las prestaciones en servicio no están sujetas a períodos previos de cotización. Únicamente ser afiliado o beneficiario o encontrarse en período de desempleo (en el período de los 2 meses siguientes a la pérdida de empleo).
Las prestaciones en servicio no están sujetas a períodos previos de cotización. Únicamente ser afiliado o beneficiario o encontrarse en período de desempleo (en el período de los 2 meses siguientes a la pérdida de empleo).
Al accidentado Además de prestaciones económicas, en caso de riesgos profesionales se conceden prestaciones en especie, como es el caso de aparatos ortopédicos o protésicos, así como los medicamentos cuando no se requiere hospitalización (si el accidentado o enfermo se encuentra hospitalizado, los medicamentos y la hospitalización son gratuitas. • Subsidios en caso de incapacidad […]
Al accidentado • Auxilio por enfermedad: 91% de la base reguladora («salario de beneficio»). • Prestación por invalidez: 100% de la base reguladora («salario de beneficio»). • Auxilio por accidente: 50% de la base reguladora («salario de beneficio»), reconocido después del cese en el percibo del subsidio de enfermedad, si existen secuelas que impliquen la […]
Al accidentado Renta por incapacidad temporal. Se tiene derecho a una indemnización diaria, equivalente a los 2/3 del promedio diario del salario, abonable por períodos vencidos. Renta por incapacidad parcial. Indemnización única igual al resultado de aplicar el porcentaje de incapacidad atribuido al valor de 3 anualidades de la pensión por incapacidad total, que le […]
Es incompatible con la pensión por invalidez permanente total y por invalidez temporal total.
Las prestaciones por invalidez y por incapacidad total derivada de un riesgo profesional, son incompatibles entre si. En caso de concurrencia se otorgará la más favorable.
Prestación por lesiones permanentes que no dan lugar a una invalidez: importe fijado según un baremo que toma en cuenta la disminución o la alteración real de la integridad física entre 420 euros ó 546 US$ y 5.330 euros ó 6.929,56 US$ (1 euro = 1,3 US$).
– Subsidio por defunción de 30,05 euros ó 39,07 US$ (1 euro = 1,3 US$). Prestación especial a tanto alzado correspondiente a 6 mensualidades del importe de la base reguladora para calcular la pensión para la viuda o el viudo, y una mensualidad por cada huérfano que tenga derecho a la pensión (a falta del […]
Las rentas vitalicias o de largo plazo no están exceptuadas del Impuesto sobre la Renta.
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