Quantcast

COSTA RICA

– Trabajadores por cuenta ajena de los sectores públicos y privados.  Los trabajadores por cuenta propia pueden afiliarse voluntariamente.  Las personas de escasos recursos tienen acceso a un régimen no contributivo, administrado por la propia institución.

Seguir leyendo

BRASIL

La «prestación por edad» se reconoce al asegurado que cumple los 65 años, en el caso de hombres, y 60, en el caso de las mujeres. Este límite de edad se fija en 60 y 55 años, según se trate de hombres o mujeres, en el supuesto de trabajadores agrarios. A partir de 2003, el […]

Seguir leyendo

ARGENTINA

A. Régimen de Reparto.  La PBU consiste en una suma fija equivalente a 2,5 veces el valor del MOPRE (4). Este importe se incrementa en un 1% por cada año de servicios con aportes que supere los 30 y hasta un tope de 45 años de trabajo.  La PC es una suma equivalente a 1,5% […]

Seguir leyendo

REPÚBLICA DOMINICANA

Al momento de pensionarse, el afiliado podrá elegir una de las siguientes opciones:  Una pensión bajo la modalidad de retiro programado, manteniendo sus fondos en la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP), en cuyo caso el afiliado conserva la propiedad sobre los mismos y asume el riesgo de longevidad y rentabilidad futura;  Una pensión bajo […]

Seguir leyendo

PARAGUAY

Por edad avanzada se determinará según la tasa de interés actuarial y la expectativa de vida del afiliado que señales las tablas generales aptobadas por el IESS. Las prestaciones mencionadas serán pagadas por la Comisión Técnica de Inversión del IESS, a través de las empresas adjudicatarias administradoras de los fondos previsionales.

Seguir leyendo

PANAMÁ

La CSS revisa el importe de la pensión mínima cada 3 años y efectúa incrementos, siempre que la situación financiera lo permite. También se incrementa la pensión, cuando el Estado decreta incrementos generales de salarios. El resto de las pensiones y la pensión máxima puede ser incrementadas en la misma cuantía en que lo sean […]

Seguir leyendo

NICARAGUA

– Ley Orgánica S. Social. Decreto 974, de 1.03.82.  Reglamento Ley General S.Social. Decreto 975, de 1.03.82.

Seguir leyendo

Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.

INICIO BLOG AVISO LEGAL

Desarrollado por Tible Technologies.