Quantcast

PERÚ

Afiliadas regulares en actividad del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, afiliadas del Seguro de Salud Agrario y afiliadas de regímenes especiales.

Seguir leyendo

NICARAGUA

– Las trabajadoras aseguradas que acrediten 16 cotizaciones semanales, dentro de las últimas 39 semanas que precedan a la presunta fecha del parto.  Igual requerimiento debe cumplir el asegurado, para la atención de la beneficiaria reconocida por el INSS.  La fecha presunta del parto es determinada por los servicios médicos que comprueban el embarazo, y […]

Seguir leyendo

ESPAÑA

Prestaciones de asistencia sanitaria:  Atención médica durante el embarazo.  Asistencia médica durante y después del parto y en caso de incidencias patológicas.  Hospitalización en los centros de la Seguridad Social o en centros concertados.  Financiada a través de impuestos. Ver también: (1). Prestaciones económicas: Maternidad, adopción y acogimiento.  Cuantía: 100% de la base de cotización […]

Seguir leyendo

ARGENTINA

• La Ley núm. 24.241 o Ley del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones rige desde julio de 1994.

Seguir leyendo

PORTUGAL

– Decreto-Ley 329/93, de 25 de septiembre.  Decreto-Ley 265/99, de 14 de julio.  Decreto-Ley 309-A/2000, de 30 de noviembre.  Decreto-Ley 35/02, de 19 de febrero.  Orden Ministerial 359/99, de 18 de mayo.

Seguir leyendo

PANAMÁ

Se considera inválido, a efectos del Seguro, al asegurado que, a causa de la enfermedad o por alteraciones físicas o mentales, queda incapacitado para procurarse por medio de un trabajo proporcionado a sus fuerzas, capacidad y formación, una remuneración equivalente por lo menos a 1/3 de la remuneración que percibía habitualmente antes de sobrevenir la […]

Seguir leyendo

GUATEMALA

Los asegurados inscritos en el régimen de Seguridad Social y los trabajadores desempleados que se acogen voluntariamente al seguro voluntario.

Seguir leyendo

CUBA

– Encontrarse en situación de servicio activo.  Cumplir un determinado período de calificación.

Seguir leyendo

BRASIL

La prestación se reconoce con efectos del día siguiente al cese en las prestaciones económicas por enfermedad, salvo en los siguientes casos:  Asegurado empleado: a contar desde el día 16 de cese en la actividad o a partir de la fecha de solicitud si, entre el cese en la actividad y el de la solicitud, […]

Seguir leyendo

Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.

INICIO BLOG AVISO LEGAL

Desarrollado por Tible Technologies.