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PERÚ

Sistema Nacional de Pensiones:  El monto de la pensión que se otorgue a los asegurados que acrediten haber aportado 20 años completos será equivalente al 50% de su remuneración de referencia. Dicho monto se incrementará en 4% de la remuneración de referencia, por cada año adicional completo de aportación hasta alcanzar como límite el 100% […]

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PORTUGAL

La cuantía mensual de la pensión se calcula como el producto del salario de referencia y la tasa de formación de la pensión, establecidas en función de la carrera contributiva: 20 años: 2% x N x RR. N: número de años acreditados de cotización. RR: salario de referencia. Para carreras contributivas de más de 20 […]

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ARGENTINA

A. Régimen de Reparto.  La PBU consiste en una suma fija equivalente a 2,5 veces el valor del MOPRE (4). Este importe se incrementa en un 1% por cada año de servicios con aportes que supere los 30 y hasta un tope de 45 años de trabajo.  La PC es una suma equivalente a 1,5% […]

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REPÚBLICA DOMINICANA

Al momento de pensionarse, el afiliado podrá elegir una de las siguientes opciones:  Una pensión bajo la modalidad de retiro programado, manteniendo sus fondos en la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP), en cuyo caso el afiliado conserva la propiedad sobre los mismos y asume el riesgo de longevidad y rentabilidad futura;  Una pensión bajo […]

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BOLIVIA

En el régimen de reparto,cumplidas las condiciones mínimas de edad y de cotizaciones: Pensión básica: 30% del salario promedio, más el 2% por cada año que exceda de las 180 cotizaciones mencionadas. Pensión complementaria: cumplidos los 2/3 del tiempo transcurrido entre la fecha de retiro del trabajador para tramitar su pensión de vejez y la […]

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URUGUAY

1er. Nivel: Asignación de jubilación. a) Jubilación común:  50% con 35 años de servicio.  Un 0,5 adicional de sueldo básico jubilatorio por cada año que exceda de 35 con un tope de 2,5%.  A partir de los 60 años de edad:  Si se configuró causal, un 3% del sueldo básico jubilatorio por año con un […]

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BRASIL

La «prestación por edad» equivale al 70% del «salario de beneficio», más un 1% por cada 12 mensualidades de cotización, valor variable entre el salario mínimo (R$ 240,00) y el límite máximo (R$ 1.869,34). En el mes de diciembre, se garantiza el pago de una prestación extraordinaria, el «abono anual», con una cuantía idéntica a […]

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VENEZUELA

– La pensión por vejez se calcula en la forma prevista para la pensión de invalidez. La pensión mensual de invalidez estará compuesta por: • Una suma básica de 3.000 Bs (6,3 US$), más: • Una cantidad equivalente al 30% del salario de referencia del asegurado. Si el número de cotizaciones semanales acreditadas es mayor […]

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CHILE

Al pensionarse el afiliado puede efectuar retiros programados de su cuenta individual para asegurar ingresos durante el período que se le ha calculado como expectativa de vida, más los de sus beneficiarios de pensión por supervivencia, o contratar con un asegurador privado una renta mensual o una combinación de estas opciones. Existen dos modalidades de […]

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ECUADOR

– Régimen solidario obligatorio o de solidaridad intergeneracional: El afiliado que hubiere cumplido sesenta (60) años de edad y tuviere acreditadas trescientos sesenta (360) imposiciones mensuales, recibirá una pensión equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la base de cálculo. Si tuviere acreditadas más de trescientas sesenta (360) imposiciones mensuales, obtendrá adicionalmente una mejora del […]

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COLOMBIA

Régimen de Prima Media: El monto mensual de la pensión correspondiente al número de semanas mínimas de cotización requeridas, será del equivalente al 65%, del ingreso base de liquidación de los afiliados (1). Este monto será un por-centaje que oscilará entre el 65 y el 55% del ingreso base de liquidación de los afiliados, en […]

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COSTA RICA

La cuantía de la pensión por vejez comprende una cuantía básica como porcentaje del salario promedio indicado en el artículo anterior, por los primeros 20 años cotizados de la siguiente manera: Salario Promedio Real.  Cuantía Básica: Menos de dos salarios mínimos 52,2% De dos a menos de tres salarios mínimo 51,0% De tres a menos […]

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