Las EPS han de tener personalidad jurídica y contar con autorización concedida por la Superintendencia de las Entidades Prestadoras de Salud (SEPS), capital mínimo de 1000.000.000 (si se constituyen en Lima) o un capital menor si se constituye en provincias, infraestructura mínima regulada según la ley, dando cobertura como mínimo al 30% de sus afiliados. […]
Gerencia General de Pensiones del INSS. (1) Fondo Nicaragüense para la Infancia y la Familia (FONIF).
Financiación a través de impuestos, denominados «contribuciones», gravámenes sobre la facturación y la ganancia neta de las empresas.
– Ministerio de la Protección Social. Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
Para las ISAPRES, ver punto 1. En cuanto a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, son Corporaciones de derecho privado, sin fines de lucro, cuya personalidad jurídica y estatutos deben ser autorizados por Decreto Supremo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. El capital mínimo requerido para formarla es de 4.000 UF (US$ 137.241). […]
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), dependiente del MTEySESS.
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