COLOMBIA
Las pensiones se incrementan el 1.º de enero de cada año, en función del Indice de Precios al Consumidor.
Las pensiones se incrementan el 1.º de enero de cada año, en función del Indice de Precios al Consumidor.
No existen como tales. Servicios de rehabilitación profesional. Equivalente al 100% de la base reguladora del trabajador fallecido.
Las pensiones de supervivencia se encuentran gravadas con el impuesto a las retribuciones personales (IRP), de acuerdo a los siguientes tramos: 1% del salario para los que perciben hasta 3 SMN. 2% para aquellos que perciben entre 3 y 7 SMN. 6% para quienes perciben más de 7 SMN.
Se financia con cargo al aporte patronal el 10% Los empleadores cotizan el 10%, calculado sobre la totalidad de las remuneraciones percibidas por el trabajador, sin límite alguno. Los pensionistas cotizan el 5%, calculado sobre la renta básica.
Los trabajadores perticulars que presten sus servicios a una persona natural o jurídica, sea cual fuere el tipo de relación laboral que los vincule y la forma de remuneración.
Ministerio de Salud. Secretaría de Política, Regulación y Relaciones Sanitarias. Superintendencia de Servicios de Servicios de Salud, organismo descentralizado del Ministerio de Salud. Ver también: (1)
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