– Consejo Nacional de Riesgos Profesionales. Dirección General de Riesgos Profesionales (Ministerio de la Protección Social). Superintendencia Bancaria.
En cuanto a las Mutualidades, éstas son personas jurídicas de Derecho Privado, sin fines de lucro, cuya existencia debe ser autorizada por el Presidente de la República. Sus miembros deben emplear en conjunto un mínimo de 20.000 trabajadores, disponer de servicios médicos adecuados y realizar actividades permanentes de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades […]
Fondo Nicaragüense de la Niñez y de la Familia (FONIF), ente autónomo, con características ministeriales.
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySESS). Secretaría de Seguridad Social. Ver tambíen: (7)
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