COLOMBIA
Las Compañías de Seguros de Vida deben contar con la aprobación del ramo por parte de la Superintendencia Bancaria.
Las Compañías de Seguros de Vida deben contar con la aprobación del ramo por parte de la Superintendencia Bancaria.
-Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Ministerio de Salud Superintendencias de AFP, de Seguridad Social y de Salud.
-Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Notas explicativas: (ARGENTINA) (1) Las Leyes núm. 23.660 o Ley de Obras Sociales y 23.661 o Ley de Sistema Nacional de Seguro de Salud establecen la cobertura de servicios médicos y asistencia sanitaria, como titulares del derecho, a los trabajadores por cuenta ajena de la Administración Pública Nacional y del sector privado incluidos obligatoriamente en […]
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