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COLOMBIA

– Los miembros del grupo familiar del pensionado por vejez o invalidez por riesgo común que fallezca  Los miembros del grupo familiar del afiliado al sistema que fallezca, siempre y cuando éste hubiere cotizado cincuenta semanas dentro de los tres últimos años inmediatamente anteriores al fallecimiento y se acrediten las siguientes condiciones:  Muerte causada por […]

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ARGENTINA

Pensión de viudedad La pensión por fallecimiento de afiliado en actividad a favor de la viuda, viudo o conviviente -cuando no existen hijos con derecho a pensión- equivale al 70% de la prestación de referencia del causante. La prestación se calcula con el 70% del promedio de las remuneraciones -trabajadores por cuenta ajena- o ingresos […]

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REPÚBLICA DOMINICANA

Pensión de viudedad En caso de fallecimiento del afiliado activo, los beneficiarios recibirán una pensión de sobrevivencia no menor al 60% del salario cotizable de los últimos 3 años o fracción. Pensión de viudedad: 50% al cónyuge, o en su defecto, al compañero de vida, siempre que ambos no tuviesen impedimento jurídico para contraer matrimonio. […]

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PARAGUAY

Las pensiones se actualizan en enero de cada año, en función de la variación del Indice de Precios al Consumo.

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NICARAGUA

En caso de muerte del asegurado activo o pensionista, el Instituto otorga un servicio funerario adecuado. Si no se hubiese prestado el servicio funerario, se otorga un subsidio equivalente al 50% del salario promedio mensual, que correspondiese a las 4 últimas semanas cotizadas o subsidiadas, dentro de las últimas 26 semanas, sin que, en ningún […]

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ARGENTINA

(*) La Ley 4.349 del 20 de septiembre de 1904, creó la Caja de Jubilaciones y Pensiones para los trabajadores civiles, cuyas remuneraciones figuraban en el Presupuesto Anual de Gastos de la Nación: docentes y empleados del Consejo Nacional de Educación, empleados de bancos oficiales y de ferrocarriles argentinos, magistrados judiciales y funcionarios con cargos […]

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ESPAÑA

Beneficiarios de trabajadores por cuenta ajena, de trabajadores por cuenta propia y de pensionistas.

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COSTA RICA

El derecho a la pensión se consolida si, en la fecha del fallecimiento del asegurado, éste era ya pensionista por vejez o invalidez o cotizante en activo. En este último caso, se requiere un mínimo de 180 cotizaciones, de las cuales 12 tienen que estar comprendidas en los 24 meses anteriores al fallecimiento. Tienen derecho […]

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