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EL SALVADOR

Sistema Público:  Haber cotizado un período no menor de 36 meses, de los que 18 deben registrarse dentro de los 36 meses anteriores a la fecha de la invalidez, y ser menor de 60 años (hombres) ó 55 (mujeres). Sistema Privado:  Ser cotizante activo y haber cotizado al menos 6 meses en los 12 anteriores […]

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CUBA

La prestación equivale al 40% de la base de cálculo, más un 1% de la misma por cada año de servicio que exceda de los 15. En el caso de la invalidez parcial, la cuantía depende del tiempo de servicios prestados de la siguiente forma: hasta 9 años de servicios, el 30% de la base […]

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URUGUAY

Sueldo básico jubilatorio: Promedio mensual de los ingresos actualizados de los últimos 10 años de servicios registrados. Si fuera más favorable el promedio será el de los 20 años de mejores asignaciones. Para la jubilación por edad avanzada, si no totaliza los períodos antes indicados, se tomará el promedio actualizado del tiempo efectivamente registrado.

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GUATEMALA

Las pensiones se actualizan como resultado de la valoración actuarial anual. Se toma en consideración la tasa de crecimiento del salario medio, la tasa de inflación y la situación financiera del Programa IVS.

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NICARAGUA

– Ley Orgánica de la Seguridad Social. Decreto 974, de 1.03.1982.  Reglamento General de la Ley de la Seguridad Social.  Decreto 975, de 1.03.82.

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EL SALVADOR

Se considera inválido al asegurado que, como consecuencia de la enfermedad o de un accidente común, o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufran menoscabo permanente de la capacidad, para ejercer cualquier trabajo, en los siguientes grados:  Invalidez total por la pérdida de 2/3 de su capacidad de trabajo.  Invalidez parcial por la pérdida […]

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COSTA RICA

Trabajadores por cuenta ajena afiliados obligatoriamente al SVIM y trabajadores por cuenta propia afiliados voluntariamente.

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BOLIVIA

Tener una incapacidad igual o superior al 60% y acreditar un mínimo de 60 cotizaciones mensuales, sumado su salario de compensación.

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REPÚBLICA DOMINICANA

Se adquiere derecho a una pensión por discapacidad total cuando el afiliado acredite:  Sufrir una enfermedad o lesión crónica cualquiera que sea su origen. Se considerará discapacidad total, cuando reduzca en dos tercios su capacidad productiva, y discapacidad parcial, entre un medio y dos tercios; y  Haber agotado su derecho a prestaciones por enfermedad no […]

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