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PORTUGAL

– Accidentes de trabajo: las primas de seguro las pagan las empresas, variables en función del riesgo.  Enfermedades profesionales: 0,5% a cargo de las empresas o de los trabajadores por cuenta propia.

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PERÚ

– 9% de le remuneración, a cargo del empleador.  En caso de afiliados voluntarios, la aportación se fija en función del contenido del plan elegido, siendo a cargo del mismo.  En el caso de los pensionistas, la aportación equivale al 4% del importe la pensión, a cargo de aquél.  Para los trabajadores agrarios, la aportación […]

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NICARAGUA

Contribuciones trabajador- /empleador y Estado, por un importe del 5,5% de los salarios cotizados para el Seguro del IVM.

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HONDURAS

2% para el empleador, del uno por ciento (1%) para el trabajador afiliado y de 0,5% para el Estado aplicados sobre una remuneración máxima de de L. 4.800,00.

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BRASIL

2% de la facturación y 8% de las ganancias netas de las empresas, siendo la cotización del 18% de las ganancias netas para las instituciones financieras.

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VENEZUELA

En el IVSS es el 6,25% de los salarios, porcentaje distribuido entre empleadores y trabajadores, en función de la categoría y nivel de cotización. (1) Además de la cotización señalada, se ingresa:  Del Fondo de Pensiones, una suma equivalente al 6,25% de las pensiones y rentas pagadas, excluidas las satisfechas por incapacidad parcial.  De la […]

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PORTUGAL

Trabajadores por cuenta ajena:  Las cotizaciones para el régimen general de los trabajadores por cuenta ajena son calculadas teniendo en cuenta el tipo de cotización global del 34,25% sobre el salario que, de forma general, incluye las varias formas de remuneración del trabajo, correspondiendo el 11% a los trabajadores y el 23,25% a las empresas […]

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PANAMÁ

(2) La población no asegurada está a cargo del Ministerio de Salud, y su financiación corre a cargo del Presupuesto del Estado. Para la población asegurada en la CSS, la cotización a los regímenes de IVM. Enfermedad y Maternidad, varia según una escala (vid. Nota 1).

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REPÚBLICA DOMINICANA

El Seguro familiar de Salud del Régimen Contributivo se financia mediante la cotización del 10% del salario cotizable de la siguiente manera: un 7% a cargo del empleador y un 3% cargo del afiliado. Siendo la base de cotización para los trabajadores dependientes el que define el artículo 192 del Código de Trabajo. Y en […]

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