URUGUAY
(3) Trabajador: 15%. Empresario: 12,5% Tope: varía de acuerdo a 3 niveles. Ver Cuadro IV – «VEJEZ».
(3) Trabajador: 15%. Empresario: 12,5% Tope: varía de acuerdo a 3 niveles. Ver Cuadro IV – «VEJEZ».
Trabajadores por cuenta ajena: Las cotizaciones para el régimen general de los trabajadores por cuenta ajena son calculadas teniendo en cuenta el tipo de cotización global del 34,25% sobre el salario que, de forma general, incluye las varias formas de remuneración del trabajo, correspondiendo el 11% a los trabajadores y el 23,25% a las empresas […]
Se financia con cargo al aporte patronal el 10% Los empleadores cotizan el 10%, calculado sobre la totalidad de las remuneraciones percibidas por el trabajador, sin límite alguno. Los pensionistas cotizan el 5%, calculado sobre la renta básica.
Las prestaciones se financian con el 6,25% que se ingresa al Fondo de Asistencia Médica.
Trabajadores por cuenta ajena: Las cotizaciones para el régimen general de los trabajadores por cuenta ajena son calculadas teniendo en cuenta el tipo de cotización global del 34,25% sobre el salario que, de forma general, incluye las varias formas de remuneración del trabajo, correspondiendo el 11% a los trabajadores y el 23,25% a las empresas […]
– El Sistema Nacional de Pensiones, la aportación equivale al 13% de la remuneración del trabajador. En el Sistema Privado de Pensiones, las aportación es del 8% de la remuneración, más un porcentaje de comisión fijado por cada AFP.
Seguro de Salud. Trabajadores por Cuenta Ajena: 5,5% trabajador, 9,25% empleador, 0,25% Estado. Sin tope de Cotización. Pensionistas: 5% pensionista, 8,75% el Fondo que paga la pensión, 0,25% Estado. Asegurado Voluntario: La contribución que corresponde al asegurado voluntario estará determinada por los ingresos de referencia del solicitante y el porcentaje de contribución establecido (2) Trabajadores […]
– Nuevo Régimen de Pensiones: 10% a cargo de los trabajadores. Régimen de Reparto: 100% de las pensiones mensuales, a cargo del Estado.
En el IVSS, las cotizaciones se calculan en función del riesgo, según los siguientes porcentajes: Mínimo: 5,75%; 4,33% a cargo del empleador, y 1,77% a cargo del trabajador. Medio: 6,75%; 4,82% a cargo del empleador, y 1,93% a cargo del trabajador. Máximo: 7,75%; 5,68% a cargo del empleador, y 2,07% a cargo del trabajador. En […]
El Seguro familiar de Salud del Régimen Contributivo se financia mediante la cotización del 10% del salario cotizable de la siguiente manera: un 7% a cargo del empleador y un 3% cargo del afiliado. Siendo la base de cotización para los trabajadores dependientes el que define el artículo 192 del Código de Trabajo. Y en […]
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