Publicado por: Secretaría General OISS
La iniciativa privada puede participar de forma complementaria al SUS (Sistema Único de Salud), siguiendo las directrices marcadas por éste, a través de contratos de derecho público o conciertos, teniendo preferencia las entidades benéficas y sin ánimo de lucro. Está prohibida la participación directa o indirecta de empresas o capitales extranjeros, salvo a través de la intermediación de organismos internacionales vinculados a la ONU, de entidades de cooperación técnica y de empréstitos.
1 de marzo de 2021, Madrid, España.
2 de marzo de 2021, Madrid, España. La Organización Iberoamericana de Seguridad Social hace balance de la situación de este pionero instrumento de cooperación ante los embajadores y embajadoras acreditados en España. Con la presencia de la secretaria de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y el Caribe del Gobierno de España, la Sra. […]
26 de febrero de 2021, Madrid, España.
26 de febrero de 2021, Madrid, España.
26 de febrero de 2021, Madrid, España.
26 de febrero de 2021, Madrid, España.
26 de febrero de 2021, Madrid, España.
26 de febrero de 2021, Madrid, España.
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