Clínicas y hospitales particulares, mediante contratos de compraventa de servicios.
El certificado de funcionamiento lo expide la Superintendencia Nacional de Salud, siempre que las EPS acrediten: Un capital mínimo de 10.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). (En 1997, 1.700.000 US$). Personalidad jurídica. Un mínimo de 20.000 afiliados, durante el primer año, y 50.000 afiliados, a partir del segundo año. Organización administrativa y financiera, así […]
Los profesionales de la salud, para ejercer en sus consultorios privados, requieren estar incorporados al Colegio Profesional respectivo.
Ministerio de Salud. Secretaría de Política, Regulación y Relaciones Sanitarias. Superintendencia de Servicios de Servicios de Salud, organismo descentralizado del Ministerio de Salud. Ver también: (1)
Clínicas, hospitales y otras empresas con las que el IGSS contrata la prestación de algunos servicios.
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