Publicado por: Secretaría General OISS
El derecho a las prestaciones se extingue:
Cuando, durante la situación de incapacidad, haya ejercicio de una actividad profesional.
Cuando el beneficiario no comparezca, sin motivo
justificado, al examen médico para el que fue citado según
la legislación aplicable.
Cuando el beneficiario pase a la situación de invalidez
permanente
Cuando el beneficiario se ausente de su domicilio sin
justificación.
El derecho a las prestaciones se suspende por el período en que tenga derecho a las de maternidad, paternidad, adopción e igualmente cuando el beneficiario, sin autorización médica, se ausente de su domicilio.
28 de marzo de 2023, La Paz, Bolivia. El pasado lunes 27 de marzo de la gestión en curso, la Delegación Nacional de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) en Bolivia participó de los actos conmemorativos de los 50 aniversario de la Caja de Salud de Caminos y R.A. Asistió el Coordinador de la […]
24 de marzo de 2023 – Prensa ‘El País’.
24 de marzo de 2023 – Secretaría General Iberoamericana.
17 de marzo de 2023 – Prensa ‘Tiempo de Noticias’.
17 de marzo de 2023 – Prensa ‘El Informador’.
16 de marzo de 2023 – Ministerio del Trabajo de Colombia.
17 de marzo de 2023 – ILUNION.
7 de marzo de 2023 – Secretaría General Iberoamericana.
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