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COLOMBIA

Las Compañías de Seguros de Vida que quieran funcionar como Administradoras de Riesgos Profesionales (AFP), deben acreditar un capital mínimo técnico saneado de $ 1.798 millones de pesos colombianos (US$ 922.051 en 2007) y estar autorizadas por la Superintendencia Bancaria. Asimismo, pueden actuar las Cajas de Compensación Familiar.

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CHILE

-Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF).  Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).  Compañías de Seguro.  Mutualidades de Empleadores.

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ARGENTINA

– Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.  Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), dependientes del MTEySESS.

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URUGUAY

-Banco Central del Uruguay. (Superintendencias de AFAP y de Seguros).  Banco de Previsión Social (BPS). (1)

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