Ley del Seguro Social del 23 de septiembre de 1949, desarrollada por Reglamento de 14 de mayo de 1949.
El Sistema Único de Salud tiene carácter universal y abarca al conjunto de la población brasileña, así como a la extranjera que se encuentra en el territorio nacional.
No existe en caso de trabajadores a tiempo completo. El trabajador a tiempo parcial cuya remuneración sea inferior a 3 MOPRES (2), podrá optar por los beneficios de la obra social, integrando el aporte a su cargo, correspondiente a un salario de 3 MOPRES, y la diferencia entre la contribución del empleador calculada sobre la […]
– Todos los residentes. A reserva de reciprocidad, en lo que se refiere a los nacionales de países terceros.
Estar afiliados al Seguro Social y al día en el pago de la cotización por parte del asegurado. (2)
8 semanas, después de iniciadas las cotizaciones y que haya seleccionado su prestador de servicio (EMP), en caso de ser un nuevo asegurado.
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