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NICARAGUA

Conforme al Reglamento Financiero del INSS, la financiación de las pensiones de vejez se basa en el sistema de primas escalonadas, pero en la realidad funciona el sistema de reparto anual.

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NICARAGUA

Conforme al Reglamento Financiero del INSS, la financiación de las pensiones de vejez se basa en el sistema de primas escalonadas, pero en la realidad funciona el sistema de reparto anual.

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CHILE

– DFL núm. 44, de 1978.  Ley núm. 18.469, de 1985.  Ley núm. 18.933, de 1990.  DFCL n.º1 de 2005, del Ministerio de Salud

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BOLIVIA

– Los trabajadores asalariados cualquiera que sea su edad, remuneración mensual y condición, nacionales o extranjeros.  Pensionistas.  Los Beneméritos de la Patria y esposas.  Oficiales, suboficiales, clase y tropa de la Policía Nacional.  Personas mayores de 65 años incorporados a los servicios de Salud.  Mujeres embarazadas.  Niñas y niños desde su nacimiento hasta los 5 […]

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VENEZUELA

Trabajadores con relación de dependencia en empresas privadas, públicas o empresas del Estado; los afiliados al Seguro Facultativo, así como los jubilados y pensionistas del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).

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PERÚ

Son beneficiarios, además del asegurado titular, su cónyuge o concubina/o, así como los hijos menores de 18 años o mayores incapacitados para el trabajo, siempre que sean afiliados regulares.

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PANAMÁ

Cotizan el 6,75% de la cuantía de su pensión y mantienen derecho a las prestaciones sanitarias en igualdad de condiciones que un activo.

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NICARAGUA

– Ser cotizantes y estar al día en los pagos al Seguro de Enfermedad- Maternidad.  Estar adscrito a una Empresa Médica Previsional, de elección del beneficiario.

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