(3) Trabajador: 15%. Empresario: 12,5% Tope: varía de acuerdo a 3 niveles. Ver Cuadro IV – «VEJEZ».
El Trabajador contribuye con el setenta por ciento (70%) del costo total y al trabajador le corresponde el restante treinta por ciento (30%).
El Estado contribuirá para suplir la falta de un empleador formal, el monto de este subsidio será en proporción inversa a los ingresos reales de cada categoría de trabajador por cuenta propia. Las aportaciones, de los trabajadores independientes se calcularán en base a un múltiplo del salario mínimo nacional. (4)
– En el nuevo régimen: capitalización individual. En el antiguo régimen: reparto. Ver también: (1)
– En el nuevo régimen: capitalización individual. En el antiguo régimen: reparto. Ver también: (1)
– En el nuevo régimen: capitalización individual. En el antiguo régimen: reparto. Ver también: (1)
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