BRASIL
– 12 mensualidades de cotización. Sin tiempo de afiliación mínimo en los casos de enfermedades graves establecidas en la Ley, tales como la tuberculosis, cardiopatía grave, enfermedad de Parkinson y SIDA entre otras.
– 12 mensualidades de cotización. Sin tiempo de afiliación mínimo en los casos de enfermedades graves establecidas en la Ley, tales como la tuberculosis, cardiopatía grave, enfermedad de Parkinson y SIDA entre otras.
(4) Equivale a los siguientes importes: 20 años de cotización: 2% x N x RR. N = núm. de años de cotización acreditados. RR = salario de referencia. Más de 20 años cotizados: tasa regresiva variable entre 2,3% y 2% aplicadas a intervalos de RR, actualizadas conforme al salario nacional, variando entre 1,1 y 8 […]
La remuneración base mensual será igual al promedio resultante de dividir por 150 la suma de los promedios salariales abonados en los últimos 6 años, y multiplicar el cociente resultante por 4 1/3.
Las pensiones concedidas en el Sistema de Pensiones Publico se revalorizan anualmente en el porcentaje que el Ministerio de Hacienda determine.
Sistema Nacional de Pensiones: Beneficiarios de los trabajadores de la actividad privada y aquéllos que realizan actividad económica independiente (facultativos). Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones: Beneficiarios de los trabajadores afiliados (dependientes e independientes.
Causa derecho a la pensión de viudez u orfandad el fallecimiento del asegurado que cumpla con los requisitos para obtener pensión por invalidez o vejez, del pensionado por invalidez, incapacidad permanente derivada de un riesgo profesional o vejez y del asegurado que fallezca a consecuencia de enfermedad profesional o accidente de trabajo.
Pensión de viudedad Nuevo sistema: La viuda o viudo inválido tiene derecho a una pensión equivalente al 60% de la pensión del causante (que es un 43% para el viudo inválido). Sistema Público: 50% a la viuda ó viudo o conviviente. Sistema Privado: 60% para el o la cónyuge, o conviviente, cuando no existiesen hijos […]
Las pensiones se incrementan el 1.º de enero de cada año, en función del Indice de Precios al Consumidor.
No existen como tales. Servicios de rehabilitación profesional. Equivalente al 100% de la base reguladora del trabajador fallecido.
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