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CONDICIONES MINIMAS PARA JUBILACION POR VEJEZ EDAD IMPOSICIONES NORMATIVA S/L 480 o más Res. CD.100 60 o más 360 o más Res. CD.100 65 o más 180 o más Res. CD.100 70 o más 120 o más Res. CD.100

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“ART. 72- Inciso tercero A partir de los 5 años y con una frecuencia no menor de 5 años, el afiliado tendrá derecho a que la empresa adjudicataria administradora de fondos provisionales de su elección, le conceda préstamos colaterizados con el fondo de reserva a la misma tasa de interés que rinde el fondo, mas […]

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Artículo 114- (Estatuto) La pensión mensual por invalidez o vejez será igual al resultado de la multiplicación del coeficiente que se indica en la tabla que sigue, por el promedio mensual de los cinco años de mejores sueldos de aportación. AÑOS DE IMPOSICIONES POR AÑO COMPLETO AFILIACIÓN AÑOS DE IMPOSICIÓNES POR AÑO COMPLETO AFILIACIÓN 5 […]

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Art. 204. inciso 2 En ningún caso el máximo de la pensión podrá superar el ochenta y dos punto cinco por ciento (82,5%) del ciento sesenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América(US$165) , luego de sumar a la pensión básica las mejoras máximas señaladas en el artículo 201. Análisis: “Viola el articulo […]

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