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Existen los regímenes especiales, con cargo al Presupuesto Nacional, de naturaleza contributivos (Magisterio Nacional, Hacienda, Obras Públicas, Registro Público, Comunicaciones, Ferrocarriles ) y no contributivos (Guerra, Gracia, Beneméritos, Guardia Civil y Ex- Presidentes).

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Para la población asegurada en la CSS las cotizaciones para los regímenes de IVM, Enfermedad y Maternidad será; Trabajadores Dependientes: 1. La cuota pagada por los empleados, la cual será: a.Hasta el 31 de diciembre de 2007, el equivalente a siete puntos veinticinco por ciento (7,25%) de sus sueldos. b.Del 1 de enero de 2008 […]

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Las cotizaciones y contribuciones a la Seguridad Social y a las reservas y rendimientos de inversiones que generan los fondos de pensiones de los afiliados estarán exentas de todo impuesto o carga directa o indirecta. De igual forma quedarán exentas las pensiones cuyo monto mensual sea inferior a cinco salarios mínimos nacional. Las utilidades y […]

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Conforme en la escala contributiva que apruebe la Junta Directiva por recomendación de la Dirección Actuarial y de Planificación Económica. La diferencia entre el porcentaje de contribución que paga el asegurado y el porcentaje de contribución global, será asumido por el Estado como cuota complementaria. Asimismo y en forma adicional, el Estado deberá aportar el […]

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Aparte de las cotizaciones para la Seguridad Social, existen las cotizaciones siguientes: Seguro Educativo: Obligatorio para todos los trabajadores por cuenta ajena, con una cotización del 2,75% de los salarios base, del que el 1,50% corresponde al empleador y el 1,5% restante al trabajador. Constituye una cuota solidaria para fomentar la educación de las clases […]

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En base a las previsiones de la Ley núm. 17.453, de fecha 28-02-2002, se crea un impuesto adicional al denominado “Impuesto a las Retribuciones y Prestaciones” que tiene como único destino el financiamiento del Banco de Previsión Social (conf. art. 1.°). Se introdujo esta variación a fin de elevar la recaudación permaneciendo constantes tanto la […]

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Por la Junta Directiva con base en la recomendación técnica de la Dirección Actuarial y de Planificación Económica. La diferencia entre el porcentaje de contribución que paga el asegurado y el porcentaje de contribución global, será asumido por el Estado como cuota complementaria. Asimismo y en forma adicional el Estado deberá aportar el 0,25% sobre […]

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El Programa IVM cubre asignaciones familiares por vejez o invalidez, consistentes en B/$20,0 por esposa y B$ 10,0 por hijo menor de 18 años, que se adiciona a la pensión.

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Con excepción de la «Asistencia sanitaria» y «Accidentes laborales y enfermedades profesionales», este cuadro describe la forma de financiación de las diferentes prestaciones que gestiona el Banco de Previsión Social. Se limita, por lo tanto, a la institución de Seguridad Social, que abarca al mayor número de trabajadores y de pasivos en Uruguay. Quedan fuera […]

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A tal efecto, se considera en la escala contributiva de los Trabajadores Idependientes afiliados individualmente. Conforme se establezcan modificaciones en dicha escala, se realizán los aumentos en las cotizaciones, previa comunicación a los patronos y a los trbajadores, por los medios de comuncicación más convenientes.

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Estos subsistemas son: 1. Un Subsistema Exclusivamente de Beneficio Definido, administrado bajo un régimen financiero actuarial de Reparto de Capitales de Cobertura. 2. Un subsistema Mixto, el cual se conforma de: a. Un componente de Beneficios Definido, administrado bajo un régimen financiero acturial de Reparto de Capitales de Cobertura, en el cual se participará con […]

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Si el 8% de aportación sobre la nómina salarial, por empresa, no cubre el valor de la cuota mutual promedio que el BPS paga a las IMAC, multiplicada por el número de beneficiarios de este seguro, el empresario debe cotizar la diferencia.

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