Publicado por: Secretaría General OISS
Los trabajadores del sector privado, público y municipal, cotizarán al régimen general de enfermedad, maternidad y riesgos profesionales que administra el ISSS, de manera uniforme y gozarán de las prestaciones de salud y pecuniarias contempladas en la Ley del ISSS y sus reglamentos. Para ello cotizarán a partir de la fecha en que entre en operaciones el Sistema de Ahorro para Pensiones el 10,5% de la remuneración afecta. Esta tasa estará distribuida en 7,5% de la remuneración afecta de cargo del empleador y 3,0% del trabajador. No obstante lo anterior, los trabajadores docentes del sector público podrán ser cubiertos por un programa especial de enfermedad, maternidad y riesgos profesionales, debiendo cotizar para ello la tasa establecida en el párrafo anterior.
Este premio, establecido por la Asociación de Cajas de Chile, reconoce a personas, organizaciones, empresas y políticas públicas que han tenido un impacto significativo en el ámbito de la protección social Chile. La ceremonia fue presidida por la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, y contó con la presencia de autoridades públicas y […]
22 de noviembre de 2024 – Diario Estrategia.
22 de noviembre de 2024 – Notimérica.
22 de noviembre de 2024 – Prevencionar.com
21 de noviembre de 2024 – Corte Suprema de Justicia de Colombia.
6 de diciembre de 2024 – ServiMedia.
21 de noviembre de 2024 – Formación de Seguridad Laboral.
19 de noviembre de 2024 – Prensa R2820.
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