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La edad general que permite percibir las pensiones de orfandad es de 18 años. No obstante, cuando el huérfano no trabaja, o si lo hace, los ingresos obtenidos del mismo no superan el 75% del importe anual del salario mínimo interprofesional (para 2007, la cuantía anual del salario mínimo interprofesional se sitúa en 7.988,40 euros […]

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