CHILE
Afiliación y cotización previa, para acceder a las prestaciones económicas. Las médicas están aseguradas a toda embarazada sin requisitos adicionales.
Afiliación y cotización previa, para acceder a las prestaciones económicas. Las médicas están aseguradas a toda embarazada sin requisitos adicionales.
– Para las prestaciones asistenciales, únicamente se requiere estar afiliada/o. Para las prestaciones económicas: . Haber cotizado sin interrupción todo el período de gestación. . Estar cotizando al Régimen de Seguridad Social en Salud, al inicio de la licencia o del parto. . Continuar cotizando durante el tiempo de licencia por maternidad (84 días).
– Haber efectuado aportaciones de 6 cuotas mensuales, dentro de los 12 meses anteriores al inicio de la licencia o del parto. Cumplir las prescripciones médicas que se impartan, incluyendo la asistencia a consulta.
Haber prestado servicios por un período no inferior a 75 días, dentro de los 12 meses anteriores al inicio de la prestación.
El afiliado o la afiliada deberán poseer 12 imposiciones mensuales ininterrumpidas, anteriores al parto, para contingencia de maternidad. El afiliado o la afiliada que dejaran de aportar, conservarán su derecho a las prestaciones de enfermedad o maternidad hasta 2 meses posteriores al cese de sus aportaciones. Cuando una afiliada se encuentre cesante en su trabajo […]
En el caso de las prestaciones médicas, en especie y monetarias, deben acreditar por los menos 3 meses cotizados en el transcurso de los 12 meses anteriores al parto.
– De las prestaciones de asistencia sanitaria Mujeres asalariadas, trabajadoras por cuenta propia y beneficiarias a cargo del titular del derecho a asistencia sanitaria siempre que: · Convivan con el titular a sus expensas. · No ejerzan una actividad retribuida ni perciban una pensión o renta superior al doble del salario mínimo. · No tengan […]
– Para las prestaciones en especie: no se requiere período previo de cotización. Para las prestaciones en dinero ha de acreditarse 3 períodos de contribución dentro de los últimos 6 meses anteriores a la fecha en que debe iniciarse el reposo prenatal.
Acreditar un mínimo de diez meses de cotizados previos a la fecha probable para el inico del reposo prenatal, o bien, acreditar un mínimo de doce meses cotizados en los últimos dieciocho meses previos a la fecha probable del inicio del reposo prenatal.
– Las trabajadoras aseguradas que acrediten 16 cotizaciones semanales, dentro de las últimas 39 semanas que precedan a la presunta fecha del parto. Igual requerimiento debe cumplir el asegurado, para la atención de la beneficiaria reconocida por el INSS. La fecha presunta del parto es determinada por los servicios médicos que comprueban el embarazo, y […]
– Prestaciones asistenciales: Estar afiliados al Seguro Social y al día en el pago de la cotización por parte del asegurado. (2) Prestaciones asistenciales por maternidad (asistencia prenatal y obstétrica): 4 cotizaciones mensuales en los últimos 8 meses. Subsidio por maternidad: 9 cotizaciones mensuales en los 12 meses anteriores al séptimo mes de embarazo. (2) […]
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