URUGUAY
– Decreto-Ley 15.084, de 28.11.80. Decreto 227/81, de 27 de mayo de 1981. Decreto 596/85, de 6 de noviembre de 1985. Ley 16.697, de 25 de abril de 1995.
– Decreto-Ley 15.084, de 28.11.80. Decreto 227/81, de 27 de mayo de 1981. Decreto 596/85, de 6 de noviembre de 1985. Ley 16.697, de 25 de abril de 1995.
Tener la condición de beneficiario calificado por el Seguro Social y depender de un empleador.
La cuota monetaria del subsidio familiar por persona a cargo se fija por semestres anticipados, y se calcula con base en el presupuesto de recaudación para el respectivo período, dividiendo la suma a repartir entre el número de personas a su cargo.
– Ley Orgánica del Trabajo, de 27.10.91, con vigencia desde el 1.05.91. Ley de Reforma Parcial del Seguro Social, de 3.10.91.
– El pago se condiciona a la presentación del certificado de nacimiento y a la documentación relativa al equiparado (adoptado o tutelado) o al inválido, y a la presentación anual del certificado de vacunación obligatoria del hijo (hasta los 6 años y 11 meses de edad), y la comprobación de asistencia escolar (desde los 7 […]
No están definidos, ya que las prestaciones no se aplican en la actualidad.
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