GUATEMALA
3 días, por lo que el subsidio se concede a partir de lo 4.º día de la enfermedad.
3 días, por lo que el subsidio se concede a partir de lo 4.º día de la enfermedad.
Los 3 primeros días de la baja por enfermedad para los trabajadores por cuenta ajena. En caso de hospitalización o incapacidad derivada de tuberculosis no existe plazo.
La prestación se abona desde el 4.º día de la enfermedad inclusive, salvo internamiento, en cuyo caso, se abona desde el 1.º día.
Cotización El trabajador dependiente requiere 6 meses de afiliación y 3 meses de cotización. El trabajador independiente requiere 12 meses de afiliación y 6 meses de cotización. Certificado médico Debe haberse expedido una licencia médica autorizada. Otras Tener la condición de trabajador al inicio de la enfermedad.. Además, en las licencias médicas que no superen […]
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